Monterrey . – Los partidos PAN, PRI Y PRD, presentaron una solicitud de juicio político contra la magistrada Norma Leticia Platas Gómez, por admitir un juicio contencioso administrativo que debió desechar por improcedente y violentar disposiciones legales al otorgar beneficios al gobernador Samuel García ante el juicio político que le sigue el Congreso local.
“Estamos presentando una demanda de juicio político contra la magistrada del Tribunal de Justicia Administrativa, Norma Leticia Platas Gómez, por faltas a la Constitución y a la Ley de Justicia Administrativa, al admitir una demanda en contra del Congreso por parte de Gobernador, cuando lo que les corresponde es conocer únicamente de faltas administrativas que se den de particulares contra el Gobierno estatal o municipal y a admitir la demanda contra el Poder Legislativo, actúa fuera de la Ley”, informó el diputado federal José Luis Garza Ochoa, presidente del PRI en Nuevo León.

Hernán Salinas, presidente del PAN, José Luis Garza Ochoa, del PRI, y Sylvia López Elizondo, del PRD, entregaron la demanda de juicio político en la Oficialía de Partes con el argumento de presiones a la magistrada para dar entrada a una demanda del gobernador contra la admisión del juicio político en su contra y el que se le citara a comparecer.
“Hay un juicio que presenta el Gobernador en el que se duele de juicio político que se le sigue en el Poder Legislativo, pero un acto del Poder Legislativo no puede ser impugnado en el Tribunal de Justicia Administrativa y el sólo hecho de admitir y no desechar, pues genera un acto ilegal, inconstitucional, que demuestra que esta magistrada, abandonó sus funciones e hizo caso omiso de su competencia para evidentemente favorecer al gobernador”, dijo a su vez Hernán Salinas.
El líder panista señaló que les preocupa que una vez más el Ejecutivo del Estado esté utilizando o esté presionando a funcionarios para definir a su favor en temas que, evidentemente, no le favorecen.
Coincidieron que el Tribunal de Justicia Administrativa sólo puede conocer de actos de autoridades administrativas, pero no del Poder Legislativo o Judicial conforme al artículo 149 de la Constitución local y 17 de la Ley de Justicia Administrativa.