mié. Dic 18th, 2024

Walter Elizondo

Se define el estrés laboral como el “tipo de estrés donde la creciente presión en el entorno laboral puede provocar la saturación física y/o mental del trabajador, generando diversas consecuencias que no sólo afectan la salud, sino también su entorno más próximo ya que genera un desequilibrio entre lo laboral y lo personal” Fuente: Instituto Mexicano del Seguro Social. 

Según datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, México ocupa el primer lugar entre las 29 Naciones que integran dicho organismo internacional en este problema de salud pública. La Organización Internacional del Trabajo y la Secretaria del Trabajo y Previsión Social del Gobierno de México han alertado sobre las consecuencias que este padecimiento conlleva a la vida productiva de la nación. En nuestro país cerca del 75 por ciento de los trabajadores mexicanos sufren por este padecimiento, que afecta la salud de los trabajadores y la productividad de los Centros de Trabajo. 

La Secretaria del Trabajo y Previsión Social del Gobierno Federal emitió y entró en vigor a partir del 23 de octubre del año 2019 la Norma Oficial Mexicana número 35. El objetivo que busca dicha norma es: mejorar la comunicación entre los trabajadores, patrones y personal administrativo, atender relaciones difíciles o problemáticas en las empresas, mejorar el trabajo en conjunto, fortalecer el liderazgo como factor de crecimiento personal, evitar el estrés laboral y analizar su repercusión en la salud personal y en el entorno de Familia, equilibrar las relaciones afectivas, familiares, laborales y sociales, entre otras. 

Finalmente, debemos prevenir y atender este problema del estrés laboral para evitar en base a datos del IMSS las consecuencias siguientes: 

“Reducción de productividad,

Descenso en la calidad de vida

Problemas de salud física y/o mental (enfermedades)

Trastornos de depresión y ansiedad

Problemas familiares

Riesgos de alcoholismo y otras adicciones”

Nos vemos la siguiente semana. 

Por Admin

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *