Walter Elizondo
Monterrey – La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, con el fin de que justifique y evalúe nuevamente la sanción impuesta a Movimiento Ciudadano por la publicación de imágenes y videos en los que aparecen menores de edad en redes sociales de su entonces candidato a gobernador, Samuel García.
También se acordó por unanimidad que se deberá determinar si existió reincidencia.
Las y los magistrados consideraron que el tribunal local no fundó de manera suficiente por qué una conducta que se calificó como una actitud intencional, que se considera grave ordinaria —como fue la de Samuel García al usar imágenes de menores de edad para propaganda— amerita la misma sanción que una conducta omisiva y por falta de cuidado, como fue la de Movimiento Ciudadano.
“A pesar de que MC fue culposo y faltó a su deber de cuidado (culpa in vigilando), el Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León decidió multar al partido con 4 mil 481 pesos, es decir, le impuso una sanción idéntica a la que se estableció para Samuel García, pero en el caso del candidato por una conducta dolosa”, añade la información del TEPJF.
“Por lo anterior, las y los magistrados de la Sala Superior decidieron revocar parcialmente la sentencia del tribunal local, para que, con libertad de jurisdicción, vuelva a calificar la infracción cometida por Movimiento Ciudadano e individualice la sanción que corresponda, decisión que debe fundarse y motivarse en el tipo de conducta cometida”.
Se determinó que son válidos los planteamientos de Morena en torno a que se debe analizar una posible reincidencia de uso de imágenes de menores de edad para propaganda político-electoral por parte de Movimiento Ciudadano y su entonces candidato a la gubernatura de Nuevo León.