sáb. Dic 14th, 2024

Monterrey – Mar cuida a su hijo que padece una parálisis cerebral infantil que le impide valerse por sí mismo, pero su caso es distinto a muchas madres de familia, ella logró que una condena en un penal, le fuera sustituida, para llevarla en su domicilio. 

Primero pasó por una fuerte depresión y hasta intentó  suicidarse en el Cefereso Femenil Morelos 16 donde estaba recluida. 

Mar fue detenida en 2011 por los delitos de portación de arma de fuego y cartuchos de uso exclusivo del Ejército. Mientras cumplía su pena, dictada hasta agosto de 2024, su hijo se quedó bajo resguardo de una casa hogar en Nuevo León porque fue víctima de maltrato por la negligencia de su abuela materna. 

Después de una serie de denuncias e investigaciones, el menor fue trasladado a una casa hogar en Nuevo León, lugar en el que nunca recibió visitas de sus familiares, la única comunicación que recibía era de Mar mediante llamadas telefónicas, durante el tiempo que ella compurgaba la pena de prisión en Topo Chico, personal de la casa hogar llevaba al menor al centro penitenciario. Luego, fue trasladada al Centro Federal de Readaptación Social, en Coatlán, Morelos, ahí sólo vía telefónica hablaba con su hijo.

En un par de ocasiones, la joven de 29 años intentó obtener su libertad condicionada, pero le fue negada. Ya no tenía ninguna esperanza de salir de prisión para cuidar a su hijo, quien padece parálisis cerebral infantil, una discapacidad que le impide valerse por sí mismo y no cuenta con un familiar que lo cuide adecuadamente. 

Rosa Nelly Zapata García,es abogada, defensora pública del Insituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), recuerda que se tomó el caso en marzo de 2021 y promovió ante el Juzgado Tercero de Distrito Especializado en Ejecución de Penas en la CDMX la sustitución de pena privativa de la libertad por una medida de seguridad distinta, con base en el interés superior de la niñez y el principio pro homine: aplicar la norma más favorable a la persona.

La tarea no fue fácil, hubo necesidad de recabar elementos de prueba en materia de medicina, psicología y trabajo social para acreditar ante el juez que existe una situación de vulnerabilidad y necesidad urgente por parte del menor de recibir el cuidado de su madre. 

El 6 de diciembre de 2021, el juez concedió la sustitución de la pena, ordenando la inmediata libertad de Mar. Así, la joven terminará de compurgar su pena en 973 días, mediante reportes trimestrales ante la autoridad. 

“La Defensoría realizó todas las gestiones para la reunificación de Mar con su hijo, ya que sólo se comunicaban vía telefónica. También le ayudó a obtener acta de nacimiento, credencial del INE, una oferta de trabajo y acceso a programas sociales”, recuerda Zapata García. 

Mar es madre soltera y tiene un hijo con discapacidad (cuadriparesia espástica). Vivía con su mamá, quien tiene problemas de alcoholismo, en una precaria situación económica, en un entorno sumamente difícil. A los 14 años tuvo a su hijo, y se vio en la necesidad de trabajar para sacarlo adelante. “Si no llegaba con dinero a casa mi mamá no me dejaba entrar”, recuerda Mar.

“A través de una llamada telefónica me acerqué a Mar, solicité comunicación con ella. Recuerdo que cuando le llamé se encontraba en el área de hospitalización, estaba en recuperación porque intentó suicidarse. Para Mar no existía posibilidad de obtener su libertad, pero cuando me escuchó decirle que podía lograr su libertad le dio mucho gusto, me dijo que no podía creer que le estuvieran llamando, que alguien se preocupara por su caso, prometió recuperase y estar bien para su hijo”, rememora la abogada Zapata.

Rosa Nelly Zapata recalca que el Instituto Federal de Defensoría Pública tiene cobertura nacional en los 32 estados, y aunque reconoce que falta mucho por hacer, está dispuesta a seguir en la lucha por ayudar a los grupos vulnerables en la materia. 

El  IFDP es dirigido por Netzaí Sandoval Ballesteros, y  garantiza una justicia de calidad en condiciones de igualdad, expone. 

La Defensoría Pública atiende, en forma preferente, a las personas adultas mayores, con discapacidad, mujeres, jóvenes, indígenas, migrantes, solicitantes de refugio, representación especial de niñas, niños y adolescentes, y en general a quienes por razones sociales y económicas no pueden contratar los servicios de un abogado particular. 

Por Admin

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