Además de la norma la NOM-247-SE-2021, en el país existen varias leyes que intentan prevenir este delito, como la Ley de Protección al Consumidor y la Ley de Propiedad Industrial. No obstante, el valor de la norma radica en que contempla un aspecto importante y que funciona como gancho para atraer potenciales compradores: la publicidad engañosa, explica Leonardo González, Analista Real Estate de Propiedades.com.
Entre los tipos más comunes de publicidad engañosa en el sector inmobiliario destacan:
● Suplantación de identidad de empresas o usuarios
● Anuncios apócrifos
● Venta de propiedades inexistentes
● Falta de contratos de compraventa
● Ventas de inmuebles con problemas legales o intestados
● Documentación falsa e incompleta
Propiedades.com recomienda:
● Realizar una visita presencial al inmueble para verificar su estado y tener contacto con el anunciante.
● Investigar la reputación de la empresa o el vendedor antes de hacer cualquier transacción.
● Si se trata de una empresa inmobiliaria revisar que su sitio web tenga información actualizada, redes sociales activas y que su domicilio sea verificable.
● Solicitar asesoría de organismos como la PROFECO.
● Evitar dar anticipos, ya sea en efectivo, cheques o transferencias electrónicas.
● Verificar la existencia de la propiedad.
● Exigir contrato de compra venta, así como la documentación completa y original.
● Evitar tomar decisiones anticipadas ante presiones de parte de los vendedores.