mié. Sep 18th, 2024

Las pequeñas y medianas empresas (PyMEs) del país confían en que la Iniciativa de Pago Oportuno, que reduce a 45 días el tiempo de pago de facturas a PyMEs, contribuya a resolver los problemas de liquidez que enfrentan la mayoría de los emprendedores.

A un año de que la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad de la Cámara de Diputados avaló la reforma al artículo 83 Bis del Código de Comercio, presentada por la Secretaría de Economía, se espera que el pleno del Legislativo apruebe estas modificaciones; y posteriormente, se turnen al Senado de la República.

“Lo anterior representa una gran oportunidad para que las PyMEs puedan mantener un equilibrio financiero, ya que el objetivo de disminuir esa ventana de tiempo entre la entrega de sus productos y servicios y la recepción de pago correspondiente representa el algunas ocasiones la supervivencia del negocio o limita las posibilidades de crecimiento”, explica Gerardo Briones, Cofounder & CEO de Pagaloop, plataforma de pagos B2B que ayuda a las PyMEs a solventar sus gastos a través de sus tarjetas de crédito.

Argumenta que, actualmente, las empresas del país enfrentan períodos de pago que van desde los 60 hasta los 120 días a partir de la recepción de facturas, lo cual limita su flujo de efectivo, ya que están condicionadas a las grandes compañías.

De acuerdo con la Radiografía del Emprendimiento 2021 de la Asociación de Emprendedores de México (ASEM), la cifra de PyMEs que registra un retraso en el pago de facturas por parte de sus clientes asciende al 39%, lo cual limita sus operaciones y frena sus oportunidades de desarrollo.

“En este sentido los plazos son fundamentales, no sólo para el pago de las facturas sino también para reducir los tiempos que van desde el momento en que se entrega el producto o servicio hasta el día de pago, el cual si se demora por cualquier motivo se pone en riesgo la liquidez del negocio”, advierte Briones.

Cabe destacar que esta iniciativa también promueve que en caso de que el pago no se realice en tiempo y forma se puede acordar un plazo mayor, siempre y cuando esté debidamente justificado y beneficie a ambas partes y no constituya una práctica abusiva.

Por Admin

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