Monterrey. – En la víspera de las “primeras elecciones del Poder Judicial en México”, en Nuevo León desde 1825, sus cinco constituciones dispusieron la elección popular de los principales funcionarios encargados de impartir justicia en el estado, afirma Abel Moreno López, cronista Legislativo y dirigente de Cadena Ciudadana de la Cultura.
Moreno López destaca que la Constitución de 1825, que actualmente vive su Bicentenario, disponía la elección popular de los magistrados y fiscales del tribunal o de la Audiencia del Estado, se trataba de cargos para los que eran elegibles e indefinidamente reelegibles los ciudadanos que cumplieran las calidades exigidas por la ley.
“En la Constitución de 1849, ya expresamente se establece la existencia de un Supremo Tribunal de Justicia cuyos magistrados serán electos popularmente, las elecciones serían cada dos años y la elección escalonada entre los magistrados”, agrega.
En la constitución de Nuevo León y Coahuila de 1857 se reitera la elección popular de los magistrados y el ministro fiscal y se fija como fecha para su toma de posesión el 4 de octubre. Esta misma disposición se repite en la llamada constitución reformada de 1874”.
Después, en la constitución de 1917 se señala que los integrantes de los tres poderes y los ayuntamientos se verificará por medio de elecciones populares, el tribunal se integrará por cinco magistrados propietarios y siete supernumerarios, serán electos cada seis años.
Esta disposición se mantuvo vigente hasta fines de 1966. En el mes de mayo el gobernador Eduardo Livas Villarreal presentó iniciativa de reforma constitucional que derivó en un dictamen presentado en noviembre y publicado el 14 de diciembre de 1966 en el periódico oficial del estado. De lo anterior deriva que fueron las elecciones de 1961 las últimas en las que los magistrados del Tribunal Superior de Justicia fueron electos popularmente.
“Tanto en la iniciativa como en el dictamen se valoran diversos argumentos para justificar que en lo sucesivo no se designen por elección popular, sino por un método de elección indirecta en la que intervengan los otros dos poderes y se garantice que la tarea judicial sea independiente del debate político y que se garantice la inmovilidad de los magistrados”.
Con dicha reforma quedaron atrás 140 años de nombramiento y renovación del Poder Judicial por la vía de la elección popular.
Los últimos electos popularmente como magistrados del Tribunal Superior fueron los licenciados Enrique B. Garza de la 1ª. Sala, Leopoldo Peña Garza de la 2ª Sala y José González Santos de la 3ª Sala. El decreto que los nombra señala que obtuvieron más de 230 mil votos.
“Al igual que las elecciones de los otros poderes, las del poder judicial también se fueron transformando en el tiempo y así como en otra época los candidatos se autoproponían o eran señalados por determinadas autoridades, ya en el siglo veinte en la plenitud de la época partidista, eran las organizaciones políticas partidistas quienesmregistraban a sus candidatos tanto a magistrados como jueces”, comenta Moreno.
Advierte: “En el proceso eleccionario del poder judicial que está en marcha no habrá elección de funcionarios estatales, sin embargo, habrá que estar pendientes porque la tendencia indica que en las elecciones de 2027 ya se incorporarán los funcionarios judiciales del estado a las boletas electorales, regresando a un sistema que ha estado presente a lo largo de la vida institucional de Nuevo León.