Gamaliel Garza
Hace apenas unos cuantos días, La Jueza Decimotercera de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, Blanca Lilia Ochoa, otorgó a Uber una suspensión definitiva que prohíbe a la Guardia Nacional detener a los conductores que realicen viajes a través de la plataforma en los más de 70 aeropuertos de México. Si bien los efectos jurídicos de dicha suspensión no son del todo claros y no se conocen con certeza aún, ya que el documento jurídico no ha circulado públicamente. Por su parte, La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), tan pronto la noticia del amparo salió a la luz, confirmó que los servicios de plataformas como Uber, no cuentan con un permiso para operar en los aeropuertos del país. Estimado lector, trataré de explicar brevemente el marco jurídico mexicano sobre Uber y los taxis en los aeropuertos. Primeramente, hay que saber que la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, establece lo que se conoce como la prestación de los servicios de autotransporte federal, y en su artículo 47 dice que para prestar servicios de autotransporte de pasajeros de y hacia los puertos marítimos y aeropuertos federales es necesario un permiso, y en su artículo 49 señala que para prestar los servicios de autotransporte turístico es necesario un permiso el cual autoriza a su titular para el ascenso y descenso de turistas en puertos marítimos, aeropuertos y terminales terrestres. De acuerdo con dicha ley incumplir y prestar el servicio sin los permisos antes mencionados puede ocasionar una multa y el retiro del vehículo. Ahora bien, Uber es una aplicación móvil, una app que puedes descargar en tu teléfono celular y sirve para conectar a personas que necesitan transporte con conductores privados. Permite solicitar viajes, rastrear el vehículo en tiempo real y pagar a través de la aplicación. Originalmente, el servicio de Uber era solamente regulado por el sector privado, vía civil. Sin embargo, en México esta aplicación ha tenido que enfrentar diversa regulación por parte del gobierno a diferentes niveles. Por ejemplo, se ha legislado a fin de señalar los requisitos que los conductores y sus autos deben tener para poder dar el servicio, se ha legislado para que los conductores de Uber formen parte de un padrón, se ha establecido una aportación destinada al estado por cada viaje, Gobierno federal ha legislado en materia de impuestos y recientemente legisló a fin de que la plataforma tuviera que otorgar seguridad social a los conductores. Así las cosas, en la práctica, los distintos niveles de gobierno han sido rígidos al momento de sancionar a las plataformas digitales y sus conductores, y máxime cuando se trata de viajes con destino a Aeropuertos. La cuestión social es compleja. Los taxistas de aeropuertos ven mermadas sus ganancias y exigen a la autoridad detener a las aplicaciones y sus conductores. Por otro lado, la sociedad ha sido victima de abusos por parte de taxistas en todos los aeropuertos del país. Lo único cierto a este respecto e importante señalar, es que, en aeropuertos internacionales de ciudades como Nueva York, Dubai y Paris el usuario es completamente libre de utilizar la aplicación que guste, entre ellas Uber. Quizá sea importante voltear a ver lo que sucede en otras partes del mundo, antes de seguir legislando en México.