dom. Ene 11th, 2026

Luz María Ortiz Quintos
A partir de hoy entra en vigor una ley de vinculación de telefonía celular, conocida por muchos como la “ley espionaje” En México, de acuerdo con la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicada en el Diario Oficial de la Federación, se establece la obligatoriedad de que todos los usuarios de telefonía móvil vinculen su línea a una persona física o moral mediante datos de identificación, CURP, INE escaneado y selfie. Este registro inicia el 9 de enero al 30 de junio del presente año. Las líneas que no sean vinculadas a un titular dentro del plazo establecido por los operadores telefónicos podrán ser suspendidas o bloqueadas, lo que impedirá realizar llamadas, enviar mensajes o conectarse a internet. Asimismo, las líneas nuevas adquiridas a partir del 9 de enero de 2026 deberán registrarse en el punto de venta al momento de su activación. Las empresas de telecomunicaciones —Telcel, AT&T, Movistar, Altán Redes, entre otras— serán responsables de implementar las plataformas tecnológicas necesarias para el registro y de inhabilitar las líneas que no cumplan con este requisito. Si lo que se pretende es eliminar el anonimato, bastaría con exigir el registro de los números de prepago, ya que las demás líneas ya cuentan con un titular identificado. Sin embargo, surge la pregunta: ¿con esta medida realmente se erradicarán las extorsiones y la suplantación de identidad? Este es un acto más que vulnera la privacidad de los datos personales y nos expone a posibles abusos por parte de quienes administran la información desde el sector público. Ahora estaremos censados y vigilados a través de un medio de comunicación que, hasta hoy, se consideraba privado. Lo que esta medida genera no es mayor seguridad, sino la sensación de que se sacrifica la libertad para ingresar a un sistema de control que no garantiza la erradicación de fraudes ni de extorsiones mediante el uso de teléfonos celulares.

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