{"id":106968,"date":"2023-10-03T18:01:03","date_gmt":"2023-10-03T23:01:03","guid":{"rendered":"http:\/\/diariodigitalmx.com\/?p=106968"},"modified":"2023-10-03T18:04:27","modified_gmt":"2023-10-03T23:04:27","slug":"los-informes-de-gobierno","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/2023\/10\/03\/los-informes-de-gobierno\/","title":{"rendered":"Los informes de gobierno"},"content":{"rendered":"\n<p><strong><u>Mi Cr\u00f3nica Legislativa<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><em>Abel Moreno L\u00f3pez<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Por mandato constitucional, anualmente el Gobernador del Estado tiene la obligaci\u00f3n de presentar al Congreso local, por escrito, un informe sobre la situaci\u00f3n y perspectivas del Estado y la administraci\u00f3n p\u00fablica\u2026<\/p>\n\n\n\n<p>El texto actual del Art\u00edculo 79 de la Constituci\u00f3n local se\u00f1ala que el <em>&#8220;Congreso del Estado deber\u00e1 programar y convocar a una sesi\u00f3n solemne durante la primera quincena del mes de octubre de cada a\u00f1o, a la cual asistir\u00e1 <strong>invariablemente<\/strong> el Ejecutivo del Estado&#8221;<\/em> y <em>&#8220;en dicha sesi\u00f3n, el Ejecutivo rendir\u00e1 por escrito un informe sobre la situaci\u00f3n y perspectivas generales que guardan el Estado y la administraci\u00f3n p\u00fablica, y en uso de la palabra expresar\u00e1 los aspectos relevantes del mismo&#8221;<\/em>.<\/p>\n\n\n\n<p>Si bien, la acci\u00f3n de informar deriva de un mandato constitucional, y se inscribe en el marco te\u00f3rico de la rendici\u00f3n de cuentas\u2026 no siempre ha tenido la misma connotaci\u00f3n\u2026<\/p>\n\n\n\n<p>Lo que hasta hace algunos a\u00f1os era un motivo de \u201cfiesta\u201d gubernamental y que en otros tiempos lleg\u00f3 a considerarse como acto ritual y ceremonial pol\u00edtico de la m\u00e1s alta importancia, ahora se ha transformado en oportunidad para el cuestionamiento, debate electorero, espacio para la autopromoci\u00f3n, en fin, espacio para la confrontaci\u00f3n y para casi cualquier cosa, menos para cumplir con una sana rendici\u00f3n de cuentas o fortalecer la divisi\u00f3n de poderes.<\/p>\n\n\n\n<p>En el antecedente legal, ya la Constituci\u00f3n de 1825 hac\u00eda referencia a la asistencia del gobernador (el primero de febrero) a la apertura de sesiones del Congreso, donde pronunciar\u00eda un discurso, orden\u00e1ndose adem\u00e1s a la diputaci\u00f3n permanente presentar una Memoria de los trabajos del Congreso estableciendo los beneficios o perjuicios en su caso, que derivaron para el estado de su acci\u00f3n. Tambi\u00e9n se obligaba que los poderes Ejecutivo y Judicial y el Gefe (sic) de Hacienda presentaran sus Memorias impresas que deber\u00edan circularse a las diversas autoridades. La Constituci\u00f3n de 1849 omiti\u00f3 lo de la asistencia del gobernador a la apertura, pero mantuvo la obligaci\u00f3n de presentar una Memoria escrita. Esta Constituci\u00f3n establec\u00eda como fecha para la Memoria del Congreso el 1 de febrero y a los poderes ejecutivo, judicial y Gefe (sic) de hacienda les daba un plazo de 15 d\u00edas a partir de esa fecha.<\/p>\n\n\n\n<p>En 1857 la Constituci\u00f3n de Nuevo Le\u00f3n y Coahuila, elimin\u00f3 lo relativo a las memorias introduciendo una redacci\u00f3n cuya esencia se conserva hasta nuestros d\u00edas: \u201cA la apertura de las sesiones del Congreso asistir\u00e1 el Gobernador y pronunciar\u00e1 un discurso en que manifieste la situaci\u00f3n que guarda el Estado. El presidente del Congreso contestar\u00e1 en t\u00e9rminos generales\u201d. La fecha de apertura a que se refiere es el 16 de septiembre.<\/p>\n\n\n\n<p>En la Constituci\u00f3n de 1874 y en la reforma integral de 1878, no hubo variaci\u00f3n en estos aspectos.<\/p>\n\n\n\n<p>La Constituci\u00f3n de 1917 en el art\u00edculo 57, modific\u00f3 la obligaci\u00f3n de pronunciar un discurso por la de rendir un informe, disponiendo adem\u00e1s la presencia del Superior Tribunal de Justicia en la sesi\u00f3n de apertura del primer periodo de sesiones.<\/p>\n\n\n\n<p>Este precepto se modific\u00f3 hasta 1968, solo en lo que se refiere a la fecha pues en lugar de referirse a la apertura del primer periodo de sesiones, se refiere a la apertura del segundo periodo de sesiones, es decir el 1 de marzo.<\/p>\n\n\n\n<p>Diez a\u00f1os despu\u00e9s en 1978, se modifica una vez mas la fecha pasando a la \u201csegunda decena del mes de Junio\u201d. Asimismo se modifica el concepto de \u201crendir\u00e1 un informe\u201d por el de \u201cpresentar\u00e1 un Informe por escrito\u201d, adem\u00e1s de a\u00f1adir que el informe no solo se refiere a la situaci\u00f3n que guarde el Estado, sino adem\u00e1s de hacer referencia a las perspectivas generales y la Administraci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>En 1981, se vuelve a modificar el precepto para establecer como fecha para los primeros cinco a\u00f1os del periodo gubernamental la primera quincena de marzo y para el sexto, la primera quincena de junio. Se especifica adem\u00e1s que el informe comprender\u00e1 el periodo del a\u00f1o fiscal anterior y lo que se lleve hasta el momento de su emisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En 1990 se modifican otra vez los plazos para la presentaci\u00f3n del informe, pasando ahora a la Segunda quincena de mayo y el sexto a\u00f1o a la segunda quincena de julio.<\/p>\n\n\n\n<p>En 1996 se hace una nueva reforma de la fecha estableci\u00e9ndose ahora la primera quincena del mes de junio de cada a\u00f1o. Asimismo se modifica gramaticalmente la frase \u201cpresentar\u00e1 un Informe por escrito\u201d, estableciendo en su lugar que \u201cpresente por escrito un informe\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En el a\u00f1o 2003 se cambia nuevamente la fecha para quedar en la primera quincena de octubre para los primeros cinco a\u00f1os y el sexto, entre el 24 de septiembre y el 3 de octubre.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed llegamos como se cit\u00f3 al principio, al contenido actual introducido en la reforma integral de octubre de 2022.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo anterior lleva a establecer que el Informe de Gobierno a trav\u00e9s de los a\u00f1os ha variado sobretodo en cuanto a las fechas o plazos para su presentaci\u00f3n y mas levemente en cuanto a su formato\u2026<\/p>\n\n\n\n<p>El 16 de septiembre es la fecha m\u00e1s tradicional de los informes de los gobernadores de Nuevo Le\u00f3n pues dur\u00f3 de 1858 a 1968.<\/p>\n\n\n\n<p>En el siglo XIX se dispuso inicialmente hacer una memoria impresa, luego se redujo a un discurso. En el siglo XX se orden\u00f3 presentar un informe, mas tarde se especific\u00f3 presentar un informe por escrito y por \u00faltimo presentar por escrito un informe, que parafraseando a Silvio Rodr\u00edguez, no es lo mismo pero ha sido igual\u2026<\/p>\n\n\n\n<p>A partir de 1997, en la Ley Org\u00e1nica del Poder Legislativo se estableci\u00f3 que previo a la presentaci\u00f3n del informe les ser\u00eda concedido el uso de la palabra a los coordinadores de los grupos legislativos, o a quien ellos designen.<\/p>\n\n\n\n<p>En la \u00faltima reforma ya mencionada de 2022, los cambios -propuestos por el actual jefe del Ejecutivo- consisten en ordenar expresamente al Congreso &#8220;programar y convocar&#8221; a la sesi\u00f3n solemne y establecer que el gobernador asistir\u00e1 &#8220;invariablemente&#8221;, rendir\u00e1 por escrito el informe y har\u00e1 &#8220;uso de la palabra&#8221; para expresar los aspectos relevantes del informe.<\/p>\n\n\n\n<p>Hasta aqu\u00ed las disposiciones legales en materia de informe de gobierno.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, no se requiere ser un experto investigador, para observar como a lo largo del siglo XIX, las intervenciones de los gobernadores ante el Congreso, son por lo general discursos pol\u00edticos, con poca informaci\u00f3n espec\u00edfica sobre la acci\u00f3n de sus gobiernos, salvo algunos de los informes y memorias de Bernardo Reyes y otros.<\/p>\n\n\n\n<p>Los primeros 10 a\u00f1os posteriores a la vigencia de la Constituci\u00f3n de 1917, est\u00e1n marcados por la inestabilidad pol\u00edtica, lo que en cierto modo justifica la inexistencia de verdaderos informes de gobierno, pues en este plazo, solo un gobernador (Nic\u00e9foro Zambrano) pudo cumplir el periodo legal para el que fue electo.<\/p>\n\n\n\n<p>Con el periodo encabezado por Aaron S\u00e1enz (1927-1931), empiezan a tener continuidad los reg\u00edmenes gubernamentales y tambi\u00e9n se empiezan a consolidar los informes de gobierno como espacios para la acci\u00f3n y promoci\u00f3n pol\u00edtica y como actos rituales del <em>modus operandi<\/em> de la nueva clase pol\u00edtica nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>Mas adelante los informes dejan el espacio reducido del recinto oficial del Congreso y van en busca de auditorios m\u00e1s amplios, dejan la solemnidad austera que se\u00f1alan los textos legales y van en pos de la majestuosidad de las ceremonias y los inevitables y a veces interminables, besamanos\u2026<\/p>\n\n\n\n<p>El gobernador Arturo B. de la Garza rindi\u00f3 su primer informe en el recinto oficial del Congreso en el Palacio de Gobierno, y sus otros cinco informes tuvieron lugar en el Teatro Rex.<\/p>\n\n\n\n<p>El doctor Morones Prieto rindi\u00f3 el primero en el Teatro Elizondo y los otros dos en el Teatro Rex.<\/p>\n\n\n\n<p>El gobernador Vivanco inform\u00f3 de su gesti\u00f3n en el recinto oficial del Congreso en Palacio de Gobierno, en ese mismo recinto se efectuaron los seis informes del licenciado Ra\u00fal Rangel Fr\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte el gobernador Eduardo Livas Villarreal present\u00f3 sus informes fuera del recinto oficial del Congreso, pero en el mismo palacio, concretamente en el Patio Central del edificio centenario.<\/p>\n\n\n\n<p>El primer informe del gobernador Eduardo A. Elizondo fue en el Cine Ju\u00e1rez, el segundo y tercero en el Patio Central del Palacio, ah\u00ed mismo fue el cuarto informe, rendido por el gobernador Far\u00edas, aunque el quinto y sexto tuvieron como sede el Cinema R\u00edo 70.<\/p>\n\n\n\n<p>El gobernador Pedro Zorrilla present\u00f3 sus seis informes en el Cinema R\u00edo 70 y en ese mismo lugar se efectuaron el primero y segundo informes del gobernador Mart\u00ednez Dom\u00ednguez. Los siguientes tres informes de Don Alfonso fueron en el auditorio Lu\u00eds Elizondo y el \u00faltimo en el Teatro de la Ciudad.<\/p>\n\n\n\n<p>El gobernador Jorge A. Trevi\u00f1o present\u00f3 sus seis informes de gobierno en el Teatro de la Ciudad. Ah\u00ed mismo tuvieron lugar el primero y segundo informes del gobernador S\u00f3crates Rizzo.<\/p>\n\n\n\n<p>Propiamente a partir de 1994, las ceremonias de los informes han tenido lugar en el recinto oficial del Palacio Legislativo.<\/p>\n\n\n\n<p>Otra parte del ritual pol\u00edtico de los informes era la presencia de un representante presidencial, lo que generaba que a\u00f1o tras a\u00f1o hab\u00eda un desfile de ministros o funcionarios de primer nivel del gobierno federal, aspecto que qued\u00f3 atr\u00e1s desde 1997.<\/p>\n\n\n\n<p>En los \u00faltimos a\u00f1os y propiamente desde el r\u00e9gimen del gobernador Fernando Canales Clariond y hasta el primer informe del gobernador Samuel Garc\u00eda, se ha estilado que el Ejecutivo acuda al Congreso con un mensaje breve y haga entrega del informe escrito y que posteriormente en el \u00e1mbito propiamente del Ejecutivo se realice alg\u00fan evento pol\u00edtico donde presente un documento con informaci\u00f3n amplia sobre el estado, esto ultimo ahora tambi\u00e9n se aplica a nivel federal. No obstante el acto legal, formal, constitucional es la &#8220;invariable&#8221; asistencia del gobernador, la entrega del informe escrito y la pronunciaci\u00f3n de los aspectos relevantes; el evento posterior es un acto pol\u00edtico del Ejecutivo que se cuestiona por el gasto excesivo por tratarse de un evento marginal carente de sustento jur\u00eddico.<\/p>\n\n\n\n<p>En fin, la presentaci\u00f3n del Informe, es un t\u00f3pico de la acci\u00f3n gubernamental que debe ser analizado con profundidad, para encontrar, a partir del examen de los riesgos, las \u00e1reas de oportunidad para que ya no sea solo un evento anecd\u00f3tico, sino un episodio provechoso del ejercicio gubernamental y la rendici\u00f3n de cuentas\u2026 Hasta la pr\u00f3xima&#8230;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Fuentes:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul><li>Constituciones Pol\u00edticas de Nuevo Le\u00f3n de 1825, 1849, 1857, 1874, 1878 y 1917.<\/li><li>Reformas al art\u00edculo 57 de la Constituci\u00f3n vigente. 1968, 1978, 1981, 1990, 1996 y 2003. Art\u00edculo 79 de la Constituci\u00f3n vigente.<\/li><li>Ley Org\u00e1nica del Poder Legislativo y sus reformas. (art\u00edculo 8)<\/li><li>Peri\u00f3dico El Porvenir, diversos a\u00f1os.<\/li><\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Mi Cr\u00f3nica Legislativa Abel Moreno L\u00f3pez Por mandato constitucional, anualmente el Gobernador del Estado tiene la obligaci\u00f3n de presentar al Congreso local, por escrito, un informe sobre la situaci\u00f3n y perspectivas del Estado y la administraci\u00f3n p\u00fablica\u2026 El texto actual del Art\u00edculo 79 de la Constituci\u00f3n local se\u00f1ala que el &#8220;Congreso del Estado deber\u00e1 programar [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":106971,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":true,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8,12],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/106968"}],"collection":[{"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=106968"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/106968\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":106969,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/106968\/revisions\/106969"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/106971"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=106968"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=106968"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=106968"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}