{"id":125599,"date":"2024-10-20T21:38:09","date_gmt":"2024-10-21T02:38:09","guid":{"rendered":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/?p=125599"},"modified":"2024-10-20T21:51:05","modified_gmt":"2024-10-21T02:51:05","slug":"quien-es-quien-en-la-defensa-de-la-constitucion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/2024\/10\/20\/quien-es-quien-en-la-defensa-de-la-constitucion\/","title":{"rendered":"\u00bfQui\u00e9n es qui\u00e9n en la defensa de la Constituci\u00f3n?"},"content":{"rendered":"\n<p>Por Manuel CARMONA<\/p>\n\n\n\n<p>En los \u00faltimos meses inundan las conversaciones en redes sociales y en la mayor\u00eda de los grupos de whatsapp una horda rabiosa de activistas, de simpatizantes del oficialismo y curiosamente tambi\u00e9n un alto porcentaje de tinterillos que si bien es cierto alguna vez concluyeron estudios en alguna facultad de derecho del pa\u00eds, por diversas circunstancias nunca lo llevaron a la pr\u00e1ctica como un modus vivendi y por lo tanto despu\u00e9s de cierto tiempo se encuentran totalmente desactualizados, por lo tanto han venido formulando una y otra vez de manera incesante una pregunta de lo m\u00e1s b\u00e1sica y elemental para cualquier alumno de la carrera de Derecho y Ciencias Sociales: \u00bfQui\u00e9n se cree la Suprema Corte para tratar de detener una reforma a la Constituci\u00f3n?<\/p>\n\n\n\n<p>D\u00edgase lo que se diga, el tribunal de la opini\u00f3n p\u00fablica ya ha dictado sentencia firme, inatacable y que ya ha causado estado y nada ni nadie los har\u00e1 cambiar de opini\u00f3n de que el Poder Judicial Federal representado en los jueces de distrito, magistrados y Ministros de la SCJN no tienen el derecho de andar husmeando, opinando y much\u00edsimo menos emitiendo resoluciones que pretendan anular en todo o en partes la reforma constitucional, pero a\u00fan as\u00ed para aquellos que s\u00ed tienen el deseo, la intenci\u00f3n y la curiosidad de involucrarse un poco m\u00e1s en esta discusi\u00f3n p\u00fablica de trascendental importancia para el futuro del pa\u00eds, va dirigida esta exposici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;1.- Empezar\u00e9 diciendo que es un hecho p\u00fablico ampliamente divulgado que el estudiante Arturo Zald\u00edvar Lelo de Larrea, que con el paso de los a\u00f1os lleg\u00f3 a ser Ministro y Presidente de la SCJN,&nbsp; en su momento para obtener el grado de licenciatura por la Escuela Libre de Derecho de la ciudad de M\u00e9xico plante\u00f3 en su tesis que defendi\u00f3 en su examen profesional, no solo el derecho sino la obligaci\u00f3n de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n de Defender la Constituci\u00f3n, por medio de su tesis que titul\u00f3 \u201dEl Juicio de Amparo contra las Reformas Constitucionales\u201d sin duda una voz autorizada en la materia.<\/p>\n\n\n\n<p>2.- Art\u00edculo 103 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos.<\/p>\n\n\n\n<p>Los tribunales de la federaci\u00f3n resolver\u00e1n toda controversia que se suscite:<\/p>\n\n\n\n<p>I.- Por normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garant\u00edas otorgadas para su protecci\u00f3n por esta Constituci\u00f3n, as\u00ed como por los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.<\/p>\n\n\n\n<p>3.- M\u00e1s all\u00e1 del fundamento jur\u00eddico y del antecedente claro y puntual por parte de quien en su momento fuera el Presidente del m\u00e1ximo tribunal del pa\u00eds, el abogado Arturo Zald\u00edvar, considero relevante recordar que no es la primera vez que surge esta interrogante en el pasado y ya ha sido ampliamente discutida durante d\u00e9cadas por juristas de talla mundial como es el caso del fil\u00f3sofo y jurista alem\u00e1n Carl Schmitt y el fil\u00f3sofo y jurista austriaco de origen jud\u00edo Hans Kelsen y la postura que ha prevalecido desde la Constituci\u00f3n de Weimar en 1930 en los reg\u00edmenes democr\u00e1ticos en el mundo desde hace casi un siglo es la sostenida por Kelsen, de que son los tribunales los \u00fanicos guardianes de la Constituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Mientras que el prestigiado abogado alem\u00e1n Carl Schmitt siempre enarbol\u00f3 un pensamiento m\u00e1s pol\u00edtico que jur\u00eddico, en el cual sostuvo que el Presidente del Tercer Reich en su condici\u00f3n de representante elegido directamente por el pueblo fuera el custodio de la Constituci\u00f3n, el positivista Hans Kelsen sostuvo una postura m\u00e1s legalista, pues primero rescata, toma como precedente el juicio m\u00e1s importante en la historia de los Estados Unidos, el caso Marbury vs. Madison, en el cual el Juez John Marshall que presid\u00eda la Corte Suprema de los Estados Unidos junto con los dem\u00e1s miembros de dicho tribunal de manera un\u00e1nime resolvi\u00f3 que ten\u00edan el poder de revisar las leyes hechas por los representantes del pueblo y de las legislaturas de los estados, pero que adem\u00e1s ten\u00edan el poder y la legitimidad de anular dichas leyes , en caso de llegar a ser contrarias a los principios de la Constituci\u00f3n, para despu\u00e9s desarrollar toda una ideolog\u00eda en su vasta obra jur\u00eddica con amplio reconocimiento universal.<\/p>\n\n\n\n<p>Este criterio de la Corte Suprema de los Estados Unidos que inicialmente fue secundado en los inicios del siglo XX&nbsp; primero en Austria, luego se extendi\u00f3 a Espa\u00f1a, Portugal e Italia y m\u00e1s adelante se extendi\u00f3 en Europa y actualmente por todo el occidente, siendo Hans Kelsen su principal promotor en el \u00e1mbito de la academia y de los gobiernos democr\u00e1ticos del mundo, es el que ha predominado hasta nuestros d\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p>Su concepci\u00f3n de la democracia como t\u00e9cnica participativa de la elaboraci\u00f3n del derecho, le convierte en uno de los principales te\u00f3ricos de la democracia del siglo XX, quedando asentado para la posteridad su pensamiento entre sus principales obras como \u201cDe la esencia y valor de la democracia\u201d en 1920, \u201cTeor\u00eda General del Estado\u201d en 1925 y la \u201cTeor\u00eda Pura del Derecho\u201d en 1934.<\/p>\n\n\n\n<p>Para recapitular un poco, lo que se pretende establecer es que la duda que ronda por la mente de miles de simpatizantes del oficialismo, entorno a que la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n de nuestro pa\u00eds carece de facultades para intervenir en esta controversia entorno a la reforma constitucional en M\u00e9xico, no es un debate nuevo, es un debate ya muy a\u00f1ejo, por lo tanto ampliamente discutido en los c\u00edrculos de poder local, en la academia, en la diplomacia y existen acuerdos aceptados y firmados en tratados internacionales.<\/p>\n\n\n\n<p>De manera tal que tratar de poner en duda, cuestionar o simplemente desconocer el rol que juegan los tribunales en un sistema republicano, el cual se encuentra fincado en la divisi\u00f3n de poderes, es ir en contra del desarrollo de la justicia constitucional de los estados contempor\u00e1neos\u2026<\/p>\n\n\n\n<p>* El autor es escritor, abogado y analista pol\u00edtico<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Manuel CARMONA En los \u00faltimos meses inundan las conversaciones en redes sociales y en la mayor\u00eda de los grupos de whatsapp una horda rabiosa de activistas, de simpatizantes del oficialismo y curiosamente tambi\u00e9n un alto porcentaje de tinterillos que si bien es cierto alguna vez concluyeron estudios en alguna facultad de derecho del pa\u00eds, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":125606,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":true,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[12,5,1],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/125599"}],"collection":[{"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=125599"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/125599\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":125600,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/125599\/revisions\/125600"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/125606"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=125599"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=125599"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=125599"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}