{"id":143611,"date":"2025-12-28T21:41:58","date_gmt":"2025-12-29T03:41:58","guid":{"rendered":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/?p=143611"},"modified":"2025-12-28T21:42:42","modified_gmt":"2025-12-29T03:42:42","slug":"la-suprema-corte-confirma-lo-que-se-publica-en-internet-ya-puede-usarse-como-prueba-en-juicio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/2025\/12\/28\/la-suprema-corte-confirma-lo-que-se-publica-en-internet-ya-puede-usarse-como-prueba-en-juicio\/","title":{"rendered":"La Suprema Corte confirma: lo que se publica en Internet ya puede usarse como prueba en juicio"},"content":{"rendered":"\n<p>Por Gerardo Guerrero<br>La informaci\u00f3n que personas y empresas difunden en Internet ya no es solo un ejercicio decomunicaci\u00f3n o marketing: se ha convertido formalmente en materia probatoria dentro de los juicios. As\u00ed lo establece una jurisprudencia reciente del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n, quer\u00e9 conoce que el contenido de p\u00e1ginas web o electr\u00f3nicas constituye un hecho notorio, susceptible de ser valorado directamente por los jueces en sus resoluciones.<br>La tesis, identificada con el registro digital 2030262, fue emitida por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federaci\u00f3n, lo que la vuelve obligatoria. Su alcance marca un antes y un despu\u00e9s en la relaci\u00f3n entre el mundo digital y la responsabilidad jur\u00eddica.<br>De acuerdo con el criterio judicial, los datos publicados en sitios web \u2014como domicilios, sucursales, actividades comerciales, presencia territorial o informaci\u00f3n corporativa\u2014 pueden ser considerados hechos notorios, es decir, elementos de conocimiento p\u00fablico que no requieren prueba adicional, conforme al art\u00edculo 88 del C\u00f3digo Federal de Procedimientos Civiles. Esto implica que, si una empresa o persona exhibe voluntariamente cierta informaci\u00f3n en Internet, no puede posteriormente desconocerla o contradecirla en juicio.<br>En el caso que dio origen a la jurisprudencia, una empresa intent\u00f3 impugnar la validez de una notificaci\u00f3n judicial argumentando que se realiz\u00f3 en un domicilio incorrecto; sin embargo, dicho domicilio coincid\u00eda con una sucursal que la propia empresa hab\u00eda publicado en su p\u00e1gina electr\u00f3nica.<br>El tribunal determin\u00f3 que esa informaci\u00f3n digital era suficiente para tenerla como v\u00e1lida y valorarla en la resoluci\u00f3n judicial. El criterio es contundente: el derecho no protege la contradicci\u00f3n ni la simulaci\u00f3n, tampoco en el entorno digital. La publicaci\u00f3n de informaci\u00f3n en l\u00ednea genera una apariencia jur\u00eddica, y con ella, responsabilidades y consecuencias reales.<br>El argumento de que los datos eran\u201cmeramente informativos\u201d deja de tener peso frente a un juzgado. La jurisprudencia subraya que no se requiere que toda la sociedad tenga acceso o conocimiento de la informaci\u00f3n, sino que, por su accesibilidad, notoriedad, aceptaci\u00f3n e imparcialidad, pueda considerarse parte de la cultura normal de un sector espec\u00edfico de la sociedad y, por tanto, susceptible de valoraci\u00f3n judicial.<br>Otro aspecto relevante es que eliminarlos posteriormente no borra sus efectos jur\u00eddicos. Una vez que la informaci\u00f3n fue p\u00fablica y accesible, puede ser tomada en cuenta por un juez, incluso si ya no se encuentra visible al momento del juicio. En t\u00e9rminos pr\u00e1cticos, Internet se consolida como una extensi\u00f3n del comportamiento jur\u00eddico de personas y organizaciones.<br>El mensaje que emana de esta jurisprudencia es directo: todo lo que se publica en Internet puede ser le\u00eddo, interpretado y utilizado por un juez. La buena fe, la coherencia y la responsabilidad ya no se eval\u00faan \u00fanicamente en documentos f\u00edsicos o declaraciones procesales, sino tambi\u00e9n en la huella digital.<br>En la era digital, la presencia en l\u00ednea puede convertirse en defensa o en evidencia en contra.Y ahora, el Poder Judicial de la Federaci\u00f3n lo reconoce sin rodeos: Internet ya no es un espacio neutro; es parte integral del sistema de justicia.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Gerardo GuerreroLa informaci\u00f3n que personas y empresas difunden en Internet ya no es solo un ejercicio decomunicaci\u00f3n o marketing: se ha convertido formalmente en materia probatoria dentro de los juicios. 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