{"id":51114,"date":"2021-03-11T15:04:03","date_gmt":"2021-03-11T21:04:03","guid":{"rendered":"http:\/\/diariodigitalmx.com\/?p=51114"},"modified":"2021-03-11T15:05:48","modified_gmt":"2021-03-11T21:05:48","slug":"suspende-temporalmente-un-juez-reforma-electrica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/2021\/03\/11\/suspende-temporalmente-un-juez-reforma-electrica\/","title":{"rendered":"Suspende temporalmente un Juez reforma el\u00e9ctrica"},"content":{"rendered":"\n<p>El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Econ\u00f3mica, Radiodifusi\u00f3n y Telecomunicaciones, con residencia en la CDMX suspendi\u00f3 provisionalmente la entrada en vigor de la Ley de la Industria El\u00e9ctrica recientemente aprobada por el Congreso de la Uni\u00f3n y que fue publicada en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el martes 9 de marzo.<\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo con el n\u00famero de expediente 119\/2021, con fecha del auto 10\/03\/2021, la suspensi\u00f3n provisional concedida es para suspender todas las consecuencias derivadas de la nueva Ley de la Industria El\u00e9ctrica y fue solicitada por una sola empresa que participa en el mercado el\u00e9ctrico mayorista.<\/p>\n\n\n\n<p>El juzgado decide que \u201cdebe tener efectos generales, ya que de otorgar una medida cautelar con efectos particulares, es decir, solamente para la quejosa, este Juzgado de Distrito no solo estar\u00eda otorg\u00e1ndole una ventaja competitiva frente a los dem\u00e1s participantes de la industria el\u00e9ctrica sino que, adem\u00e1s, podr\u00eda ocasionar distorsiones en dicho mercado, afectando la competencia y el desarrollo del sector, que es precisamente uno de los efectos adversos que esta medida cautelar busca evitar\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Con el amparo provisional se impide que la ejecuci\u00f3n de la ley se materialice. \u201cAl decretarse esta medida cautelar, este juzgador adecua los efectos a los de una hipot\u00e9tica sentencia protectora, la cual podr\u00eda tener un efecto general, a efecto de proteger y garantizar los derechos a la competencia y libre concurrencia en una dimensi\u00f3n individual y colectiva\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El amparo, se\u00f1ala el juzgado, \u201ccomprenden no solamente a la quejosa, sino a todos los participantes del mercado el\u00e9ctrico mayorista y dem\u00e1s particulares que desarrollan alguna actividad regulada en el sector el\u00e9ctrico o que est\u00e1n en tr\u00e1mites para ingresar a dicho sector, as\u00ed como a los sujetos que se ubican en el r\u00e9gimen transitorio de la Ley de la Industria El\u00e9ctrica que estaba vigente hasta antes de la emisi\u00f3n del Decreto cuestionado\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El juez considera que esta medida ya ha sido adoptada antes en diversos juicios de amparo en los que se reclaman regulaciones similares cuya suspensi\u00f3n se solicita y se estima adecuada para proteger los derechos a la libre competencia y concurrencia en los mercados en su dimensi\u00f3n individual y colectiva y busca no favorecer a un participante de la industria el\u00e9ctrica sobre sus dem\u00e1s competidores, en perjuicio de estos \u00faltimos y, principalmente, de los consumidores finales.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa medida cautelar que se otorga no implica que queden insubsistentes las normas reclamadas, sino que \u00fanicamente sus efectos se postergar\u00e1n en el tiempo, con lo que se conserva la materia del juicio\u201d, se\u00f1ala el juzgador.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Econ\u00f3mica, Radiodifusi\u00f3n y Telecomunicaciones, con residencia en la CDMX suspendi\u00f3 provisionalmente la entrada en vigor de la Ley de la Industria El\u00e9ctrica recientemente aprobada por el Congreso de la Uni\u00f3n y que fue publicada en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el martes 9 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