{"id":76759,"date":"2022-05-23T10:08:29","date_gmt":"2022-05-23T15:08:29","guid":{"rendered":"http:\/\/diariodigitalmx.com\/?p=76759"},"modified":"2022-05-23T10:14:31","modified_gmt":"2022-05-23T15:14:31","slug":"contribuyentes-personas-fisicas-enfrentan-problemaspara-recuperar-sus-saldos-a-favor","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/2022\/05\/23\/contribuyentes-personas-fisicas-enfrentan-problemaspara-recuperar-sus-saldos-a-favor\/","title":{"rendered":"Contribuyentes personas f\u00edsicas enfrentan problemas<br>para recuperar sus saldos a favor"},"content":{"rendered":"\n<p>*A pesar de contar con declaraciones prellenadas, las personas f\u00edsicas est\u00e1n<br>siendo notificadas del rechazo a la solicitud de saldos a favor en su declaraci\u00f3n anual<br>*Un problema que esto ocasiona es que, para solicitar nuevamente la devoluci\u00f3n manual, lo tendr\u00e1n que hacer ahora utilizando la e.firma, por lo que muchos contribuyentes tendr\u00e1n que sortear el reto de ir en b\u00fasqueda de una cita para obtener o renovar dicha firma electr\u00f3nica<br>Monterrey.- Se tiene conocimiento que algunas personas f\u00edsicas est\u00e1n siendo notificadas por el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT) del rechazo parcial o total del saldo a favor presentado en su declaraci\u00f3n anual.<br>Entre los motivos o inconsistencias detectadas por el SAT est\u00e1n que el retenedor<br>no efectu\u00f3 el pago de las retenciones, \u201cel retenedor manifest\u00f3 no tener relaci\u00f3n<br>contigo\u201d, o cuando se detectan inconsistencias en las deducciones e ingresos acumulables (Ingresos por Retenedores desconocidos por el contribuyente), entre otros, dice un comunicado del ICPNL y comparte las recomendaciones a seguir para poder solicitar, exitosamente, la devoluci\u00f3n respectiva:<br>\uf0fc A trav\u00e9s del apartado \u201cConsulta tu devoluci\u00f3n\u201d en el Portal del SAT, el<br>contribuyente podr\u00e1 revisar las inconsistencias detectadas por la autoridad.<br>\uf0fc Si no se reconoce alguno de los retenedores precargados en la declaraci\u00f3n, deber\u00e1 procederse a eliminar dicho registro.<br>\uf0fc En el caso de existir diferencias entre los datos proporcionados por la autoridad y los del contribuyente, deber\u00e1 presentarse declaraci\u00f3n complementaria corrigiendo las inconsistencias detectadas.<br>\uf0fc Actualizar, en su caso, la clave bancaria estandarizada (CLABE), verificando que est\u00e9 a nombre del contribuyente y que siga activa. Ser\u00e1 necesario adjuntar la car\u00e1tula del estado de cuenta bancario y que no exceda de dos meses de antig\u00fcedad.<br>\uf0fc Presentar nuevamente la solicitud de devoluci\u00f3n manual a trav\u00e9s del Formato Electr\u00f3nico de Devoluciones, toda vez que ya no aplicar\u00eda la facilidad administrativa del Sistema Autom\u00e1tico Devoluciones, dicho<br>tr\u00e1mite tendr\u00e1 que enviarse utilizando la e.firma<br>Adjuntar la documentaci\u00f3n y archivos que se consideren necesarios para aclarar las inconsistencias detectadas, mismos que deber\u00e1n estar comprimidos en formato zip y m\u00e1ximo 4MB por archivo.<br>Ahora bien, si una vez emprendidas las acciones arriba indicadas la devoluci\u00f3n es<br>negada por la autoridad, el contribuyente podr\u00e1 interponer un recurso de revocaci\u00f3n, y si el resolutivo contin\u00faa siendo no favorable al contribuyente, entonces se podr\u00e1 escalar e ir a un juicio de nulidad.<br>Es importante confirmar que el plazo establecido en ley para autorizaci\u00f3n de<br>devoluciones es de cuarenta d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la fecha en que se present\u00f3<br>la solicitud ante la autoridad fiscal.<br>Las multas para aquellas contribuyentes personas f\u00edsicas que a\u00fan no han presentado su declaraci\u00f3n anual, estando obligadas a ello, se har\u00e1n acreedoras a sanciones que van desde 1,560 a 19,350 pesos, por cada una de las obligaciones no declaradas; as\u00ed como a una multa de 1,560 a 38,700 pesos al presentar una declaraci\u00f3n fuera del plazo se\u00f1alado, siempre y cuando sea descubierta la omisi\u00f3n en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 76 del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n.<br>El ICPNL como agrupaci\u00f3n que asocia a m\u00e1s de 1,600 profesionales emite este<br>comunicado buscando informar de los procedimientos correctos a seguir para la<br>autorizaci\u00f3n de los saldos a favor, as\u00ed como sensibilizar a las personas f\u00edsicas sobre las sanciones econ\u00f3micas por incumplir con sus obligaciones fiscales de manera oportuna, dejando a salvo la recomendaci\u00f3n de solicitar asesor\u00eda profesional por parte de un contador p\u00fablico.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>*A pesar de contar con declaraciones prellenadas, las personas f\u00edsicas est\u00e1nsiendo notificadas del rechazo a la solicitud de saldos a favor en su declaraci\u00f3n anual*Un problema que esto ocasiona es que, para solicitar nuevamente la devoluci\u00f3n manual, lo tendr\u00e1n que hacer ahora utilizando la e.firma, por lo que muchos contribuyentes tendr\u00e1n que sortear el reto [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":76764,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":true,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[14,10],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/76759"}],"collection":[{"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=76759"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/76759\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":76763,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/76759\/revisions\/76763"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/76764"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=76759"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=76759"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=76759"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}