{"id":94335,"date":"2023-03-10T19:06:01","date_gmt":"2023-03-11T01:06:01","guid":{"rendered":"http:\/\/diariodigitalmx.com\/?p=94335"},"modified":"2023-03-10T19:06:52","modified_gmt":"2023-03-11T01:06:52","slug":"presenta-gobernador-vetos-a-decretos-que-por-ley-no-pueden-ser-observados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodigitalmx.com\/index.php\/2023\/03\/10\/presenta-gobernador-vetos-a-decretos-que-por-ley-no-pueden-ser-observados\/","title":{"rendered":"Presenta Gobernador \u201cVetos\u201d a Decretos que por ley no pueden ser observados"},"content":{"rendered":"\n<p><br>El Gobernador de Nuevo Le\u00f3n present\u00f3 ante el Congreso del Estado 2-dos escritos, mediante los cuales presenta observaciones a 4 Decretos: 343, relativo a la aprobaci\u00f3n de la Contralora de la Fiscal\u00eda General de Justicia; y 340, 341 y 342, correspondientes a las reformas Constitucionales aprobadas por el Pleno del Congreso el pasado 22 de febrero de 2023.<br>\u201cUna vez m\u00e1s recibimos con sorpresa escritos del Gobernador que violan la norma Constitucional que \u00e9l mismo impulso, por una parte, el \u201cveto\u201d de la Controlara de la Fiscal\u00eda, cuando claramente es una facultad exclusiva de este Poder el aprobar o no la propuesta remitida por el titular de la Fiscal\u00eda en el Estado, y por otro lado \u201cobservaciones\u201d a tres reformas constitucionales, cuando la Carta Magna Local es muy clara que el derecho a veto no puede ejercerse en reformas a la Constituci\u00f3n\u201d.<br>\u201cAnteriormente ya lo he referido, el proceso legislativo que se llev\u00f3 a cabo en las reformas a la Constituci\u00f3n que entraron en vigor el pasado 9 de marzo, se cumpli\u00f3 bajo lo ordenado en la Constituci\u00f3n, en primer t\u00e9rmino se admitieron a discusi\u00f3n, fueron enviadas al Ejecutivo para la publicaci\u00f3n de extractos, ante su negativa ficta, se hizo la difusi\u00f3n en medios impresos, se aprobaron por la mayor\u00eda calificada del Congreso, se enviaron a publicar, y el Gobernador incumpli\u00f3 con el plazo legal para publicar, as\u00ed que se atendi\u00f3 a lo que los propios transitorios de las reformas marcaba, publicar en Gaceta Legislativa\u201d, se\u00f1alo, Mauro Guerra, Presidente del Congreso.<br>El diputado Mauro Guerra refiri\u00f3 los art\u00edculos de la Constituci\u00f3n que el titular del Ejecutivo no cumple con la presentaci\u00f3n de los referidos vetos, por una parte el art\u00edculo 157 que otorga la facultad exclusiva del Congreso del Estado designar, por el voto de las dos terceras partes de sus integrantes, a los titulares de los \u00f3rganos internos de control de los \u00f3rganos constitucionalmente aut\u00f3nomos reconocidos en la Constituci\u00f3n que ejerzan recursos de la Ley de Egresos del Estado, y por el lado de las reformas constitucionales el numeral 126 fracci\u00f3n III que se\u00f1ala que el Gobernador no puede \u201chacer observaciones a las leyes constitucionales ni a los actos electorales del Congreso\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Gobernador de Nuevo Le\u00f3n present\u00f3 ante el Congreso del Estado 2-dos escritos, mediante los cuales presenta observaciones a 4 Decretos: 343, relativo a la aprobaci\u00f3n de la Contralora de la Fiscal\u00eda General de Justicia; 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