sáb. Dic 21st, 2024


Óscar Tamez Rodríguez

Circularon comentarios y hasta columnas periodísticas afirmando que la reforma al poder judicial terminaría con la independencia de México. Es falso, con lo que termina es con el republicanismo y los logros de las tres transformaciones previas enumeradas por el mandatario.
Somos una república democrática y federalista. Esto debe ser suficiente para partir a explicar porque la reforma judicial acabaría con el republicanismo y probablemente con la democracia y el federalismo, pero no con la independencia.
La independencia significa libertad sin intervencionismo extranjero, jefatura de Estado autónomo, incluyendo moneda, soberanía popular y cultura propias, así como capacidad para organizar las instituciones de gobierno tal cual nos parezca.
La reforma judicial no nos somete a otra nación, no subordina nuestras libertades al mandato desde el exterior ni mancilla la autonomía nacional para organizar las instituciones del país.
Es oportuno entender que fue Nicolás Maquiavelo el teórico sobre quien se fusionaron los conceptos de república y democracia como uno mismo o sinónimos. Dados los tiempos actuales en México y otras partes del mundo, resulta apropiado retomar a los autores de la teoría y filosofía política quienes sustentaron el sistema moderno surgido a la caída del feudalismo y las monarquías absolutistas.
Un Estado (país o nación, por eso en mayúscula) se organiza en forma de república cuando considera al menos dos características sine qua non no es considerado una república: separación de poderes y régimen constitucional donde toda persona queda sometida a la Constitución por medio de un contrato social.
La separación de poderes tiene el propósito de contener las entronizaciones, cuando una persona adquiere poder absoluto, con frecuencia enloquece y se convierte en tirano, esto es lo que busca evitar el reparto del poder. Por un lado, el pueblo, esa masa informe representada por el poder legislativo electo mediante representantes; es aquí donde entra la democracia.
El contrato social se representa en la Constitución de un grupo social, este contrato no se firma como tal, se asume y acepta desde que el individuo adquiere características de ciudadano y consiente vivir en el grupo determinado. Lo mismo aplica en agrupaciones civiles donde existen estatutos y reglamentos que cada integrante de la agrupación acepta.
La reforma al poder judicial (urgente y necesaria, pero no la que se aprobó) conlleva el control unilateral de este poder por parte del poder ejecutivo quien ya en este momento tiene el control del poder legislativo. En síntesis, se consolida la figura de poder absoluto en una persona o grupo reducido de personas, lo que equivale a romper con el republicanismo y perfilar un Estado absolutista.
Sin republicanismo y con las instituciones de gobierno en manos de un absoluto o una aristocracia, la democracia queda en riesgo extremo; es el caso que se vive en Venezuela recientemente, donde la democracia existe, pero simulada, disfrazada de popular aunque sea el tirano quien controla todo.
En los absolutismos se construyen tiranos, éstos rechazan a los diferentes, son intolerantes al rechazo, a la discrepancia de ideas, son autoritarios e imperativos.
Sin republicanismo la democracia queda en condición de agonía y sin ella las libertades de pensamiento, expresión y agrupación se ponen en el patíbulo.
Con la 4T podemos ser independientes, pero sin el sistema político por el cual lucharon los personajes históricos que la 4T tanto encumbró como parte de su uso político de la historia.

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