mar. Oct 8th, 2024

Durante tres años realizó grabaciones porno con menor de edad; le dan sentencia de más de 34 años de cárcel
Monterrey.- Un individuo que por más de tres años obligó a realizar grabaciones pornográficas a una menor de edad, fue condenado a más de 34 años de cárcel.

Se le acusa de violación, trata de personas en modalidad de pornografía infantil y corrupción de menores.

Ulises Gregorio “N” de 23 años de edad que está recluido desde octubre de 2021 en el Centro de Reinserción Social Estatal, recibió la condena de un juez por 34 años, 6 meses y 3 días de prisión, una multa equivalente a 260,640 pesos, y el pago
por concepto de tratamiento psicológico en favor de la víctima durante el lapso determinado por un perito psicólogo del Instituto de Criminalistica y Servicios Periciales de la FGJNL, quedando a salvo sus derechos para justificar monto en etapa de ejecución de sentencia.

Asimismo, el juez ordenó la destrucción total del material pornográfico elaborado por el acusado.

De acuerdo a los hechos, en 2017 el acusado sostuvo una relación sentimental con la víctima de identidad protegida, y que entonces contaba con 14 años de edad, a la cual indujo a participar en actos sexuales, los que video grabó con fines de almacenamiento, reproducción, distribución y comercialización a través de un sitio de internet con contenido pornografico, plataforma la cual solicitaba un pago para accesar a su material audiovisual.

Al finalizar la relación afectiva, el acusado contunuó ejerciendo violencia de género en contra de la víctima, a la que en forma reiterada amenazaba con publicar los videos realizados si no accedía a continuar participando en más grabaciones, conducta que se prolongó en contra de la voluntad de la mujer hasta mediados del año 2020.

El Juez valoró las pruebas de cargo, y estimó infundados los pronunciamientos de la defensa y concedió la razón a la fiscalía especializada, la cual actuando con perspectiva de género y apego al Derecho Humano de las mujeres a una vida libre de violencia, sustentó con medios probatorios incontrovertibles la plena responsabilidad penal del acusado como autor material directo y a título de dolo de los delitos previstos en los hechos materia de juicio.

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