Monterrey . – La comisión de Gobernación del Congreso local, aprobó otorgar 24 horas al gobernador Samuel García para que aclare si su petición de licencia es menor a 30 días o por seis meses, así como la fecha en que arranca y concluye la temporal ausencia del gobierno.
El acuerdo deja en claro que no implica una negativa a su solicitud de licencia, y se agrega que si no da respuesta dentro de ese plazo y dada la urgencia de resolverlo con que se solicita, el Congreso determinará lo procedente con base en en la Constitución local.
“El ocursante deberá aclarar: Si su solicitud de licencia es por 30 treinta días o menos, conforme lo dispone el numeral 121 de la Constitución del Estado, o en cambio, si se trata de una licencia mayor a 30 treinta días, conforme lo referido en el artículo 122 de la Constitución del Estado”, duce el acuerdo.
“También deberá precisar el titular del Poder Ejecutivo del Estado, la fecha exacta en que pretenda ausentarse del cargo, señalando para tal efecto con precisión la fecha en que desea que inicien los efectos de su licencia temporal, así como la fecha en la que desea que la misma concluya”.
“Lo anterior, bajo el apercibimiento de que, en caso de no cumplir puntualmente con las dos aclaraciones solicitadas, atendiendo a la urgencia manifestada por el ocursante, esta Legislatura dará trámite a su solicitud inicial conforme a la Constitución local y a los principios generales del Derecho”, añade.
“Finalmente, se considera oportuno dejar claramente establecido, que la presente resolución, no implica en lo absoluto la negación o aceptación de la solicitud de licencia, sino simplemente se requiere que se aclare la misma con base en lo anterior, para estar en aptitud de acordarla conforme a derecho”.
La comisión de Gobernación se declaró en permanente mientras tanto.
ANTECEDENTES
En su petición Samuel García pide licencia por seis meses, pero también hace alusión al Artículo 121 de la Constitución de Nuevo León y propone que en su lugar quede como interino el secretario general de Gobierno, Javier Navarro.
Tampoco cita las fechas en que debe darse la licencia y si señala que se trata de seis meses antes del día de la elección para participar en el proceso electoral presidencial.
La confusión ha surgido debido a que si deja al secretario de Gobierno en su lugar, de acuerdo al Artículo 121, la licencia es por 30 días o menor, según el precepto constitucional, y si es por seis meses, es el Congreso quien decide quién ocupe el interinato.
Carlos de la Fuente, coordinador de la mayoría panista señaló que la solicitud de Samuel García es ambigua, y se busca darle claridad para atenderla en términos constitucionales.