vie. Ago 14th, 2026

Abel Moreno L.
En el año de 1853 iniciaba la última (felizmente) ocasión de las once en que estuvo al frente del gobierno mexicano, el trsistemente célebre presidente López de Santa Anna…
Su recurrente ejercicio del poder lo había convertido en Dictador y por ello, en esa etapa se dio el hecho bochornoso de expedir una ley atentatoria de la libertad de expresión, fue la Ley de Imprenta, más conocida como Ley Lares, pues ésta fue dictada por el ministro de justicia Teodosio Lares y promulgada en México el 25de abril de 1853 por el “benemérito de la Patria, general de división y presidente de la republica” Antonio López de Santa Anna, también llamado “su alteza serenísima”.
Mediante esta ley se restringió la libertad de expresión.
Fue una Ley expedida desde el ámbito del Poder Ejecutivo. Aquella Ley de Imprenta estaba conformada por 5 títulos y 50 artículos: I Obligaciones de los impresores, II Diversa clase de los impresores y su publicación, III Abusos de imprenta, IV : Multas y correcciones y V Provisiones generales y algunas transitorias.
En resumen la Ley Lares contenía lo siguiente: los impresos debían registrarse con su nombre y domicilio ante la primera autoridad política del sitio en que radicaran; debían colocar un letrero en su establecimiento con el nombre de éste y el dueño, los impresos debían de llevar el nombre verdadero del impresor y su domicilio, lugar y año de impresión.
Se establecía la censura previa ya que antes de proceder a la publicación de cualquier impreso se entregaría un ejemplar al gobernador o primera autoridad política del lugar y otra a los promotores fiscales; los expendedores, fijos y ambulantes requerían licencia por escrito para vender los impresos y solo debían hacerlo aquellos que cumplieran con los requisitos de registro.
Entre aspectos particulares de aquella ley están, además de su origen como producto de la dictadura Lopez-santanista, el control directo que implantaba al obligar el registro de las imprentas y los escritos con los datos personales de autores e impresores; la censura absoluta al prohibir atacar al gobierno, a sus funcionarios y a los dogmas religiosos, so pena de incurrir en delito administrativo y penal; provocó la censura previa o autocensura con el hostigamiento y amenaza a los propietarios de las imprentas; en fin la Ley Lares operaba bajo un esquema autoritario, que se justificaba en nombre del “orden público” y la defensa moral.
Una de las principales víctimas de la Ley Lares, lo fue el joven Francisco Zarco que dirigio el periodico El Siglo XIX, un periodico liberal de gran importancia en su época.
Zarco señalaba entre los atropellos de aquella Ley de Imprenta que se eliminaban los tribunales pára la prensa, los castigos eran determinados directamente por oficiales del gobierno dictatorial; los agentes del gobierno ingresaban a las redacciopnes exigiendo sumas exorbitantes de dinero bajo la figura de multas por supuestas infracciones, amenazando con la suspensión inmediata si no se pagaba en un plazo de dos horas, y en su caso, el encarcelamiento de los autores, a quienes se negaba el derecho elemental de saber lo que había motivado la sanción, respondiendoles con simpleza “Usted no tiene derecho a preguntar”.
En estas circunstancias en aquel tiempo de López, disminuyeron las publicaciones independientes y sólo subsistieron los periódicos oficiales u oficialistas, varios órganos liberales desaparecieron.
Con dicha Ley se silenció a editores, se persiguió a escritores y, la producción editorial disminuyó.
Gracias a la evocación de aquellos tiempos de López, la sociedad se puede dar cuenta de la importancia que reviste el derecho a la expresión, el ser libres de pronunciarse respecto a cualquier tema, sin que esto pueda ser censurado, es un derecho de que gozan los ciudadanos y los medios de comunicación que quizá por su cotidianidad no se valora, y a veces quizás se olvida que se debe ejercer tal prerrogativa con gran responsabilidad.
Eran ciertamente otros momentos, los tiempos aciagos de la dictadura del Presidente López, de Santa Anna… hoy vivimos otros tiempos, hoy se habla de los derechos de las audiencias, pero ésa… es otra historia…
Monterrey, Agosto de 2026

Por Admin

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *