lun. Abr 21st, 2025

David Casas

Monterrey, N. L- En respuesta a la pandemia de COVID-19, Cemex cesó temporalmente su producción y algunas actividades relacionadas en México hasta el 30 de abril de 2020.

“Para Cemex,  la salud y la seguridad de nuestros empleados, contratistas, proveedores, clientes y comunidades es una de nuestras prioridades. Desde que el COVID-19 surgió como una amenaza, activamos nuestros equipos de respuesta rápida para implementar medidas preventivas en respuesta a esta crisis de salud sin precedente”, dijo Fernando González Olivieri, Director General de la empresa.

Expresó el total apoyo al Gobierno de México y a la sociedad mexicana en estos momentos difíciles. “Somos conscientes del reto que enfrentamos, pero confío en que juntos saldremos adelante”, dijo.

La compañía estaría lista para reanudar operaciones, cumpliendo con los requisitos más estrictos de salud y seguridad, si las autoridades federales deciden que la industria de la construcción debe reiniciar actividades antes de lo programado.

El consorcio cementero  también ha identificado iniciativas de reducción de costos por 200 millones de dólares que se anticipa se logren en su totalidad en 2020. Cemex, también está evaluando, entre otras medidas,aplazar ciertas inversiones en activo fijo que se habían contemplado para este año, se informó.

Recientemente, Cemex mejoró su situación financiera al disponer de 1,135 millones de dólares bajo su contrato de crédito revolvente comprometido y al haber recibido cerca de 500 millones de dólares provenientes de venta de activos.

“Dada la incertidumbre sobre la duración, severidad y alcance global de la situación del COVID-19, los estimados para el año 2020 previamente anunciados por CEMEX ya no son válidos”, explica.

 “La compañía monitorea de cerca la pandemia global de COVID-19 y dará una actualización de información durante su llamada de resultados del primer trimestre de 2020”.

Por último, menciona que la empresa ha mantenido comunicación constante con el Gobierno Federal mexicano para determinar si alguno de sus productos o servicios es necesario para garantizar la continuidad de las actividades esenciales definidas en el decreto. 

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