jue. Abr 17th, 2025

Monterrey.-   Las personas que sean deudoras de pensión alimenticia, agresoras sexual o que hayan cometido violencia familiar  ya no podrán ocupar cargos públicos o de elección popular en Nuevo León.

Por unanimidad de los presentes, los diputados locales aprobaron la primera vuelta de reforma a la Constitución Política de Nuevo León, en el que se establecen las causales por las que los derechos prerrogativas de los ciudadanos se suspenden.

En la Tribuna del Congreso, Sandra Pámanes Ortiz, vicecoordinadora de la bancada de Movimiento Ciudadano y promovente de la iniciativa, destacó la aprobación que hoy se realiza en el Congreso.

“Establecemos simplemente lo que por derecho y obligaciones emanan de nuestra Constitución federal establecen que es que ninguna persona condenada o sancionada por violencia familiar, delitos sexuales o por deudor alimentario pueda ocupar  un cargo de elección popular, de designación o cualquier función de representación política”, expresó.

“Es importante armonizar la Constitución porque la violencia de género es una de las crisis que enfrenta nuestro país, no podemos permitir que quienes han sido responsables de actos de violencia contra las mujeres, niñas, niños o cualquier persona tomen decisiones que afectan nuestras vidas”.

Las reformas aprobadas por 40 votos de los legisladores, fueron a los artículos 71, 118, 158, 172 y una adición del artículo 59 Bis a la Constitución local.

De acuerdo a la modificación aprobada, los ciudadanos no podrán acceder a cargos públicos o de elección son los que tengan antecedentes penales como agresores de violencia familiar, delitos sexuales, delitos contra las mujeres en cualquiera de sus modalidades y que tengan antecedentes como deudores alimentarios o porque no cumplan las obligaciones alimentarias.

“Esta reforma envía un mensaje claro”, señaló, “quienes violenten los derechos humanos no pueden ni deben gobernar”.

Por Admin

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